A partir
de junio de 2014 un 95% del pago de la leche realizado por las industrias a los
tamberos deberá estar referenciado al contenido de sólidos (grasa y proteÃna) y
a la calidad higiénico-sanitaria, mientras que las bonificaciones pueden estar
comprendidas en el 5% restante (la relación vigente actualmente es del 80-20%).
Representantes
del Minagri y del CIL, luego de una extensa negociación, finalmente llegaron a
un acuerdo para instrumentar el mandato contenido en resolución 344/13 (en ese
marco esta semana se oficializó la resolución
16/14 a través de la cual se implementa el nuevo plazo).
La
normativa indica un 65% de la liquidación realizada al tambero debe estar
referenciada al contenido de grasa y proteÃna, mientras que otro 35% debe
depender de parámetros de calidad higiénico-sanitarios (el restante 5% se
mantiene para bonificaciones). La cuestión –consensuada entre las partes– es
que ese 65% no consistirá en un solo precio, sino en varios en función de la
calidad de la leche.
Por otra
parte, hoy miércoles se publicó en el BoletÃn Oficial la resolución 7/14 de la
SecretarÃa de Agricultura por medio de la cual se exige a todas las industrias
lácteas la presentación bimestral de una declaración jurada que contenga
información mensual de todos los alimentos elaborados.